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01/09/2019

Restringen compra de dólares

Por DNU, además obligan a exportadores a liquidar divisas, y autorizan el pago de impuestos con bonos. Buscan controlar el mercado cambiario y proteger a pequeños y medianos ahorristas.

A través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que fue publicado este domingo en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso fijar nuevos plazos y regulaciones para que los exportadores liquiden los dólares, y que las instituciones y empresas ​tengan que pedir autorización al Banco Central para el acceso al mercado de cambios, tanto para comprar moneda extranjera como para realizar transferencias al exterior.

Las nuevas condiciones que rigen hasta el 31 de diciembre establece el BCRA a partir de la reglamentación correspondiente.

El DNU también establece que los tenedores de algunos títulos de la deuda pública con vencimiento original fuera de límite, podrán dar estos títulos en pago para cancelar obligaciones de la seguridad social, como aportes y contribuciones, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

 

“Personas físicas”, hasta 10.000 dólares por mes

Según un comunicado difundido por fuentes del Banco Central, estos son los puntos clave de los anuncios:

 

«Limites en el mercado de cambios para proteger al ahorrista.

– A través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista.

– Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.

– No hay ningún impedimento al comercio exterior.

– No hay restricciones sobre viajes.

 

Personas humanas:

– Las personas físicas no podrán comprar más de USD 10.000 por mes.

– No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de USD 10.000 por persona por mes.

 

Personas Jurídicas:

– Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities) No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.

– Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

– Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.

 

El texto completo:

Boletin Oficial – Control de Cambios

 

Fuente: Clarín.com – Entre Ríos Diario