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04/04/2023

Senado aprobó eximición del impuesto inmobiliario a productores afectados por la sequía

Se trató sobre tablas y logró el acompañamiento de todos los integrantes del cuerpo legislativo.

La Cámara de Senadores aprobó este martes por unanimidad el proyecto de ley enviado por el gobernador Gustavo Bordet para condonar la obligación de pago del 1º y 2º anticipo del año 2022 del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural aquellos productores agropecuarios que fueran declarados en situación de emergencia y/o desastre agropecuario mediante Decreto Nº46/22 MP, atendiendo las situación de sequía inusitada que afectó al sector agropecuario.

La iniciativa se trató sobre tablas y logró el acompañamiento de todos los integrantes del cuerpo legislativo. La vicegobernadora Laura Stratta, quien presidió la sesión, sostuvo que con esa iniciativa “el gobernador cumple con la palabra empeñada oportunamente al impulsar este proyecto ante el impacto de las condiciones climáticas”. También destacó “el reconocimiento a las instituciones que nuclean a diferentes sectores de la producción, y el diálogo fecundo que se transforma en respuestas y acciones concretas”.

Stratta indicó: “No solo hay un espacio de diálogo respetuoso con las instituciones, sino que además se transforma con respuestas concretas a las demandas que nos plantean. El Poder Ejecutivo elaboró el proyecto y el Legislativo, en este caso el Senado, lo trató con la premura que requiere la situación”, apuntó.

Fundamentos

En los fundamentos del proyecto de ley para modificar el Inciso b) del Artículo 6° de la Ley N° 10.836, se indicó que esa norma creó en el ámbito del Ministerio de Producción, la Comisión Provincial de Emergencia y Desastre Agropecuario a raíz de las inclemencias climáticas que originaron la disminución de lluvias en la provincia y que ese organismo “recomendó al Poder Ejecutivo declarar la emergencia y/o desastre agropecuario en el territorio provincial por lo que se dictaron los decretos N° 46/22 MP y N° 4727/22 MP y la resolución N° 0175/23 MP, a efectos de paliar el deterioro en las actividades productivas, que generaron una situación de grave pérdida económica y productiva para muchos productores de la provincia”.

También se señaló que “en el Artículo 9º del Decreto N° 46/22 MP se instruyó a la Administradora Tributaria de Entre Ríos para que disponga el diferimiento de los vencimientos del anticipo único y los anticipos 1° y 2° del Impuesto Inmobiliario Rural y Sub Rural 2022 a una fecha posterior al 31 de agosto de 2022; y mediante Artículo 10º del mencionado Decreto se estableció un plan de pago especial con vencimiento el 15 de enero de 2023, situación que se superpone en muchos casos con la Declaración de Emergencia dispuesta por Decreto N° 4727/22 MP, lo que genera compromiso a cumplir en concordancia con la declaración actual de Emergencia y/o Desastre de la presente campaña”.

Más adelante, se indicó que “en la apertura de sesiones del actual período legislativo, el gobernador expresó la necesidad de considerar estas situaciones excepcionales otorgando a aquellos productores que hubieran tenido que atravesar la situación de estrés y deterioro de sus actividades productivas que generaran los correspondientes certificados de emergencia consecutivos, que puedan ser considerados en una situación equivalente a lo establecido para desastre agropecuario, esto es condonando las deudas refinanciadas del período anterior”.

Entre Ríos Diario