Ahora la pelota la tiene la Justicia Electoral.
En seis páginas la Junta Electoral del Partido Justicialista (PJ) de Entre Ríos responde al recurso de apelación interpuesto con fecha 9 de junio por la Lista N° 10 “PAR – Peronismo Amplio Renovador” contra la resolución que solo dejó en pie la Lista N° 2 de Adán Bahl y de Guillermo Michel.
Cualquier lista que quiera competir debe presentar avales de un 5% del padrón total de afiliados, lo que da algo más de 6.000 afiliados. Además, que en no menos de siete departamentos se presenten avales por el 10% de los afiliados.
La Resolución explica en sus considerandos que PAR “reconoce, en forma expresa… …el incumplimiento de lo establecido en la Carta Orgánica del PJ de Entre Ríos respecto a los avales, solicitando agregar documentación tres días después de vencido el plazo”. El argumento de PAR había sido que hojas con avales se habían “traspapelado” el día de la presentación.
Por otro lado, la Junta entiende que “el principio de participación política, consagrado en el artículo 37 de la Constitución Nacional y en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, no es absoluto ni puede ejercerse al margen de la normativa vigente”.
De todos modos, “pese a los defectos formales”, dice el escrito de la Junta “el presente recurso de apelación no corresponde ante esta Junta sino ante la Justicia Electoral”, explican. Por esto, en la parte resolutiva elevan el tema la Secretaría Electoral, a cargo del juez Leandro Ríos pero además anexan la “voluminosa” documentación. Ahora, la pelota está en la mano de Ríos, que, según se presume, validará lo actuado por el PJ.
La apelación de la lista que comandaba Carina Ivascov, como candidata a diputada nacional, y llevaba a Lucila Moro para el Senado también fue elevada a la Justicia Electoral.
En tanto, las que postulaban a Gerardo González para Diputados y la que proponía a Héctor Maya para la cámara alta y a Ariel de la Rosa para la cámara baja, no realizaron ninguna presentación en el partido.
Por último, durante esta jornada la Junta resolverá la impugnación a la Lista N°2 que presentó PAR.
RESOLUCION N° 9 JUNTA ELECTORAL PJ – PUBLICADO 10062025
Entre Ríos Diario








